Hoy ha salido publicado el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, que de manera resumida indica:
Se trata de obligaciones, líquidas, vencidas y exigibles sujetos a la Ley de Contratos (contratos de obras, suministros y servicios) con fecha de anterior a 1/1/2012.
Antes de 15 de marzo debe remitirse al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas una relación certificada de estas obligaciones pendientes de pago. El certificado deberá ser emitido por el interventor y comprenderá los organismos autónomos y todos los entes dependientes que pertenezcan íntegramente a la entidad local.
Se trata de obligaciones, líquidas, vencidas y exigibles sujetos a la Ley de Contratos (contratos de obras, suministros y servicios) con fecha de anterior a 1/1/2012.
Antes de 15 de marzo debe remitirse al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas una relación certificada de estas obligaciones pendientes de pago. El certificado deberá ser emitido por el interventor y comprenderá los organismos autónomos y todos los entes dependientes que pertenezcan íntegramente a la entidad local.